DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN BÁSICA Y APLICADA

CONVOCAN

Al personal docente y administrativo de tiempo completo y de medio tiempo adscrito a la UPAEP a presentar su documentación probatoria de las publicaciones efectuadas a partir del 1 de enero de 2022 y hasta la fecha de cierre de la presente convocatoria, con el objeto de que se evalúe y, en su caso, certifique ante la Dirección General de Desarrollo Humano el cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria, para que pueda integrarse adecuadamente a su expediente de investigación a fin de otorgar el incentivo correspondiente.

Bases:

  1. Ser personal docente o administrativo de tiempo completo o medio tiempo.
  2. Los documentos probatorios deben incluir la adscripción a la UPAEP explícita.
  3. Se considerará la producción científica que sea acorde a la línea de especialización y de investigación de quien presenta.
  4. Se considerarán los documentos publicados entre el 1 de enero de 2022 al 4 de junio 2023 aprobados en convocatorias anteriores.
  5. Para capturar la información en el sistema se usará la siguiente liga: http://investigacionupaep.org/investigadores/
  6. Cada publicación contribuirá al estímulo dentro del Sistema de Categorización de la UPAEP, siempre y cuando cumplan con los criterios estipulados.
  7. La fecha límite para integrar las evidencias en el sistema será el 4 de junio a las 23:59 horas (ciudad de México).
  8. Solo se admite un archivo en PDF por registro.

Para cualquier duda o comentario, favor de dirigirse a:

  • Elvia Guerrero Hernández (Ext. 7970, This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. )
  • Dulce María Reyes Castillo(Ext 7728, This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.)

Conceptos y criterios que serán considerados:

LIBROS

1. Publicación de libros por una editorial de prestigio.
La editorial debe contar con un comité arbitral que dictamine con base en los estándares internacionales académicos, científicos e intelectuales.

  1. Internacional: Debe ser reconocida como una editorial especializada en varios países.
  2. Nacional: Debe ser reconocida a nivel nacional como una editorial especializada, ya sea en México o en otro país. En este rubro se considerarán las publicaciones realizadas en coedición con otras Instituciones de Educación Superior cuando se trate de libros que hayan pasado por un proceso de arbitraje estricto.

Documentos probatorios requeridos: Copia de la portada del libro, copia de la página legal (donde se aprecie el ISBN) y copia del índice.

2. Publicación de un capítulo de libro por una editorial de prestigio.
Se considerará la escritura de uno o varios capítulos de libro publicado por una editorial que cuente con un comité arbitral que dictamine con base en los estándares internacionales académicos, científicos e intelectuales.

Documentos probatorios requeridos: Copia de la portada del libro, copia de la página legal donde aparezca el ISBN, copia del índice donde aparezcan los autores de los diferentes capítulos, copia del o de los capítulos publicados.

3. Coordinación de la edición de un libro por una editorial de prestigio.
Se considera como “Editar un libro” a aquella actividad en la que la persona coordina la edición de un libro compuesto por capítulos escritos por diferentes personas. La actividad de coordinar la escritura del libro y la de su publicación es la que será considerada. Estos libros en lugar de autor ponen “Editado por..., o Compilado por...” etc.

La editorial debe contar con un comité arbitral que dictamine con base en los estándares internacionales académicos, científicos e intelectuales.

Documentos probatorios requeridos: Copia de la portada del libro, copia de la página legal (donde se aprecie el ISBN), copia del índice.

PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS EN REVISTAS CIENTÍFICAS

4. Publicación en revistas indexadas (ISI Web of Knowledge, SCOPUS, JSTOR, CONACYT, etc)
Se tomarán en cuenta los artículos publicados en revistas de alto nivel académico internacional, indexadas e incluidas en Science Citation Index o acreditadas en el padrón de excelencia del CONACYT.

Documentos probatorios requeridos: Copia de la portada de la revista, copia de la página legal (donde se aprecie el ISSN), copia del índice donde aparezca el artículo y el artículo publicado.

5. Publicaciones en Revistas Arbitradas.
Se considerarán en este apartado aquellas publicaciones que hayan aparecido en revistas que garanticen un riguroso arbitraje.

  1. Se entiende por una revista internacional aquella que publica artículos de autores de varios países y cuyo Comité Editorial y cuya distribución tienen la misma diversidad.
  2. Se entiende por revista nacional aquellas reconocidas a nivel nacional como revistas especializadas. Se incluyen en este rubro las revistas de otros países que no cumplan con la descripción del inciso anterior.

Documentos probatorios requeridos: Copia de la portada de la revista, copia de la página legal (donde se aprecie el ISSN), copia del índice donde aparezca el nombre del autor del artículo y el artículo publicado.

REGISTROS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

6. Patente.
Se refiere a aquellas solicitudes de patentes o patentes obtenidas en el territorio nacional o en el extranjero y que estén debidamente documentadas.

Documentos probatorios requeridos:

  1. Patente otorgada: Copia del título de patente expedida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o su equivalente en el extranjero.
  2. Solicitud de patente: Copia del acuse de solicitud ingresada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o su equivalente en el extranjero.

7. Registro de variedades vegetales (Derecho de obtentor).
Serán considerados las solicitudes o títulos obtenidos del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas asociados a un desarrollo tecnológico agrícola.

Documentos probatorios requeridos:

  1. Título de obtentor: Copia del título obtenido del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas.
  2. Solicitud de título de obtentor: Copia del acuse de la solicitud ingresada ante el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas.

8. Modelo de utilidad
Se refiere a aquellas solicitudes de modelo de utilidad o títulos de modelo de utilidad obtenidos en el territorio nacional o en el extranjero y que estén debidamente documentados asociados a desarrollos tecnológicos.

Documentos probatorios requeridos: Título de modelo de utilidad obtenido: Copia del título expedido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o su equivalente en el extranjero. Solicitud de modelo de utilidad: Copia del acuse de solicitud ingresada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o su equivalente en el extranjero.

DIRECCIÓN DE TESIS DE DOCTORADO

9. Dirección de tesis de doctorado
Sólo se considerarán tesis concluidas y defendidas mediante examen de grado. Se evaluará la creatividad y originalidad de los trabajos, la consolidación de su línea de investigación y la trascendencia demostrada de la investigación (impacto).

Documentos probatorios requeridos: Portada de la tesis, índice y evidencia de es una tesis ya defendida.

PREMIOS A LA INVESTIGACIÓN

10. Premios a la Investigación
Se considera un premio por el primer lugar o el reconocimiento otorgado por actividades de investigación por instituciones de prestigio acorde con la línea de investigación desarrollada.

Documentos probatorios requeridos: Diploma o documento emitido como evidencia del premio y documento descriptivo de la actividad por la que se obtuvo el premio.

APOYO EXTERNO A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

11. Ser responsable de un proyecto de investigación con apoyo de agencias externas (CONACYT, Secretaria de Economía, fundaciones extranjeras, etc.)
Se considerará la dirección técnica de un proyecto de investigación con inversión de alguna agencia externa.

Documentos probatorios requeridos: Se deberá entregar copia del documento resolutivo de la agencia financiadora donde manifieste el otorgamiento de los recursos para el proyecto y evidencia del ingreso del recurso a la UPAEP.

Nota: Para este rubro no se consideran los proyectos que ya contemplen un pago o estímulo dentro de la integración del presupuesto.

ARBITRAJE Y PERTENENCIA A UN COMITÉ EDITORIAL

12. Ser nombrado árbitro de una revista indexada (por evento).
Se tomarán en cuenta el dictamen a los artículos publicados en revistas de alto nivel académico internacional, indexadas e incluidas en SCI o acreditadas en el padrón de excelencia del CONACYT.

Documentos probatorios requeridos: Copia del documento donde se le nombra o invita a evaluar algún artículo para su publicación en dicha revista.

13. Ser nombrado árbitro de una revista internacional.
Se tomarán en cuenta el dictamen a los artículos publicados en revistas de alto nivel académico.

  1. Se entiende por una revista internacional aquella que publica artículos de autores de varios países y cuyo Comité Editorial y cuya distribución tienen la misma diversidad.

Documentos probatorios requeridos: Copia del documento donde se le nombra o invita a evaluar algún artículo para su publicación en dicha revista.

14. Consejo editorial
Se considerará el nombramiento o la invitación a participar como miembro del Consejo Editorial de alguna casa editorial.

La dictaminación debe hacerse con base en los estándares internacionales académicos, científicos e intelectuales.

  1. Internacional: Debe ser reconocida en varios países como una editorial especializada.

Documentos probatorios requeridos: Se deberá entregar copia del nombramiento o invitación.

EVALUACIÓN DE PROYECTOS

15. Nombramiento de evaluador de proyectos de investigación por CONACYT, ANUIES, FIMPES etc.

Documentos probatorios requeridos: Copia de la carta donde se es nombrado o invitado como evaluador de tal o cual proyecto.

 

Observaciones:

  1. No se considerarán productos por los que se haya recibido una remuneración previa de la UPAEP.
  2. Para las publicaciones financiadas por UPAEP se considerará el 50% del valor del puntaje.
  3. En su caso, se podrá solicitar a quien presenta, evidencia de haber atendido las recomendaciones de la Dirección de Investigación con respecto a:

• Mantener actualizado su CVU en el sistema de CONACYT.
• Haber presentado solicitudes al Sistema Nacional de Investigadores o a fondos externos para actividades de investigación.

 

Fecha límite para la recepción de evidencias en sistema: domingo 4 de junio de 2023.